Mediante la ley 2060 del 22 de octubre de 2020, el gobierno nacional establece que el apoyo a las empresas para el pago de la nómina lo extenderá hasta el mes de marzo de 2021, manteniendo la mayoría de los requisitos para acceder al auxilio, establecidos por los decretos legislativos, 639 de 2020 modificado por los decretos legislativos 677 y 815 de 2020, y para al apoyo al pago de la prima de servicios por el decreto legislativo 770 de 2020.
Los requisitos de ingresos no fueron modificados, se continúa con la disminución de ingresos del 20% respecto al mismo mes del año anterior o comparado con el promedio de ingresos de enero febrero de 2020.
Se extiende el apoyo económico por 7 meses más, o sea para un total de 11, que cubren los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y los meses de enero, febrero y marzo de 2021.
Se incluyen dentro del beneficio los patrimonios autónomos que no estaban contemplados en los decretos legislativos anteriores.
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El número de empleados que se tendrán en cuenta serán los reportados en la planilla PILA del mes inmediatamente anterior al mes de la postulación del beneficio y deberá corresponder por lo menos al 50% del número de empleados reportados en la planilla PILA del mes de febrero de 2020; para los beneficios hasta el mes de agosto era del 80%., el número de empleados para lo cuales se solicite el beneficio no podrá superar los reportados en la planilla PILA del mes de febrero de 2020.
El valor del auxilio será del 40% de un salario mínimo legal mensual vigente para los empleados hombres y de un 50% para las empleadas mujeres. Para el sector turístico, hotelero, gastronómico y artístico, el auxilio será del 50% de un salario mínimo legal mensual vigente por cada empleado.
De igual forma se extiende el auxilio para el apoyo del pago de la prima de servicios del segundo semestre del mes de 2020, el cual será de $220.000,00 por cada empleado que en la planilla PILA su ingreso base de cotización esté entre un salario mínimo legal mensual vigente y un millón de pesos y que haya cotizado durante los meses de octubre y noviembre de 2020, la planilla de referencia para el pago del apoyo de la prima será la planilla PILA, del periodo de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2020, y el respectivo reintegro se desembolsará durante el primer trimestre de 2021.